Calendario de aplicación del AI Act
La implementación del AI Act sigue un calendario escalonado que va del 2 de febrero de 2025 hasta finales de 2027. Esta gradualidad busca dar a los actores económicos tiempo para adaptarse, al tiempo que activa rápidamente las protecciones más urgentes.
- 2 de febrero de 2025: entrada en vigor de las prohibiciones (artículo 5) y de las obligaciones de alfabetización en IA (artículo 4). Las prácticas de IA prohibidas -manipulación subliminal, explotación de vulnerabilidades, puntuación social, identificación biométrica remota en tiempo real en espacios públicos- pasan a ser ilegales en toda la UE.
- 2 de agosto de 2025: entrada en vigor de las obligaciones específicas para los proveedores de modelos de IA de uso general (GPAI). Es la etapa más estructurante para el ecosistema de la IA generativa.
- 2 de agosto de 2026: aplicación de las normas relativas a los sistemas de IA de alto riesgo listados en el anexo III (reclutamiento, scoring, justicia, educación, etc.) y creación de las autoridades nacionales de supervisión.
- 2 de agosto de 2027: aplicación de las reglas a los sistemas de IA de alto riesgo integrados en productos ya regulados (dispositivos médicos, vehículos, juguetes…) en el marco del New Legislative Framework.
Obligaciones de los modelos de IA de uso general (GPAI)
Recogidas en el capítulo V del reglamento, las obligaciones GPAI constituyen el núcleo de la regulación de los foundation models. Todo proveedor de un modelo de IA de uso general puesto en el mercado europeo -incluidos los open source, con exenciones parciales- debe:
- mantener una documentación técnica actualizada que describa la arquitectura del modelo, el proceso de entrenamiento, los recursos computacionales utilizados y las métricas de evaluación;
- publicar un resumen suficientemente detallado de los contenidos utilizados para el entrenamiento, en particular los datos protegidos por derechos de autor;
- implementar una política de respeto de los derechos de autor, especialmente respetando los opt-out manifestados por los titulares de derechos en virtud de la directiva (UE) 2019/790 (derecho conexo y excepción para text and data mining);
- cooperar con el European AI Office y las autoridades nacionales competentes.
Para los modelos de riesgo sistémico, identificados por un cálculo de entrenamiento superior a 10²⁵ FLOPS o designados por la Comisión, se añaden: evaluación continua de riesgos, pruebas adversariales (red-teaming) estandarizadas, medidas de ciberseguridad, notificación de incidentes graves al AI Office y publicación de un informe sobre el rendimiento energético. Al momento de la entrada en vigor en agosto de 2025, GPT-4, Gemini Ultra, Claude 3 Opus y Llama 3.1 405B estaban dentro del alcance. El umbral podrá ser revisado por la Comisión para reflejar la evolución del estado del arte.
Código de buenas prácticas GPAI
Para facilitar el cumplimiento de los artículos 53 y 55 antes de la adopción de normas armonizadas, la Comisión Europea lanzó en julio de 2024 la redacción de un Código de buenas prácticas para los modelos de IA de uso general. Coordinado por el AI Office y con la participación de trece expertos independientes y un centenar de organizaciones consultadas, el código pasó por varias versiones intermedias antes de su publicación final el 10 de julio de 2025.
El código se articula en tres pilares: transparencia (publicación de información técnica dirigida a los implementadores y al público), derechos de autor (procedimientos operativos para respetar los opt-out) y seguridad/fiabilidad para los modelos de riesgo sistémico. Su adopción es voluntaria, pero ofrece una presunción de conformidad: un proveedor que lo sigue se considera conforme con los requisitos correspondientes. Los principales laboratorios estadounidenses y europeos aceptaron alinearse con sus disposiciones, con la notable excepción de Meta, que se negó a firmarlo en julio de 2025 alegando un marco incompatible con sus prácticas en Llama. Google y Anthropic firmaron con reservas, mientras que OpenAI, Mistral AI y Microsoft brindaron su apoyo total.
El artículo 53 y la cuestión de los derechos de autor
El artículo 53 se ha convertido en el punto de cristalización del debate sobre la coexistencia entre IA generativa e industrias creativas. Su §1(c) obliga a los proveedores de GPAI a implementar una política de respeto de los derechos de autor, y su §1(d) exige la publicación de un resumen suficientemente detallado de los contenidos de entrenamiento, según un modelo proporcionado por el AI Office.
En la práctica, el mecanismo se basa en el binomio excepción TDM (text and data mining, artículo 4 de la directiva 2019/790) y opt-out machine-readable. Los titulares de derechos que deseen oponerse al uso de sus obras para el entrenamiento de modelos de IA deben expresar esta reserva en un formato legible por máquina, típicamente mediante un archivo robots.txt, una cabecera HTTP o un metadato integrado en la obra. Varias iniciativas -TDM Reservation Protocol del W3C, ai.txt, C2PA- proponen estándares alternativos, sin que ninguno se haya impuesto en 2026.
Los titulares de derechos franceses cuestionan la efectividad del sistema. La SACEM, la SCAM, la SACD y la SDRM denuncian la asimetría de información y la ausencia de sanciones efectivas en caso de incumplimiento de los opt-out. En mayo de 2026, el rechazo en la Asamblea Nacional de la propuesta de ley Darcos, que buscaba introducir un mecanismo probatorio invertido (presunción de uso de las obras en ausencia de transparencia) mediante el artículo L. 331-4-1 del Código de la Propiedad Intelectual, dejó a los titulares de derechos sin un respaldo legislativo nacional, remitiéndolos a la aplicación estricta del artículo 53 por parte de la Comisión Europea.
Gobernanza: AI Office y European AI Board
El AI Act crea dos organismos europeos centrales. El European AI Office (Oficina Europea de la IA), instituido por decisión de la Comisión en mayo de 2024 y adscrito a la DG CONNECT, supervisa la implementación del reglamento para los GPAI y los modelos de riesgo sistémico. Elabora el código de buenas prácticas, supervisa a los proveedores, gestiona las denuncias y puede imponer sanciones. Al momento de su creación, contaba con un centenar de agentes y estaba dirigido por Lucilla Sioli.
El European AI Board (Comité Europeo de la Inteligencia Artificial) reúne a los representantes de las autoridades nacionales de supervisión de los 27 Estados miembros. Su primera reunión oficial tuvo lugar en septiembre de 2024. Asegura la coordinación entre Estados miembros, armoniza la interpretación del reglamento y asesora a la Comisión. Un Foro consultivo, que agrupa a la industria, sociedad civil, academia y pymes, completa el dispositivo.
A nivel nacional, cada Estado miembro designa una o varias autoridades competentes. En Francia, la CNIL coordina la aplicación de las disposiciones relativas a los datos personales, mientras que la DGCCRF y la DGE intervienen en los aspectos de productos y mercado interior. Un grupo de coordinación interministerial fue anunciado en 2025, pero no se había formalizado al momento de la entrada en vigor de las reglas GPAI.
Sanciones y aplicación
El AI Act prevé una escala de sanciones ajustada según la gravedad de la infracción:
- hasta 35 millones de euros o el 7 % de la facturación mundial anual (el importe más alto) por incumplimiento de las prácticas prohibidas (artículo 5);
- hasta 15 millones de euros o el 3 % por incumplimiento de las obligaciones aplicables a sistemas de alto riesgo, GPAI y transparencia;
- hasta 7,5 millones de euros o el 1 % por suministro de información incorrecta a las autoridades.
Las pymes y start-ups se benefician de un tope proporcional: se aplica el importe más bajo de los dos. Los primeros procedimientos formales deberían ser iniciados por el AI Office a finales de 2026, tras la fase de adaptación progresiva.
Impacto en el ecosistema: industria, open source, investigación
El AI Act ha transformado profundamente el ecosistema europeo de la IA. Para las grandes empresas usuarias (bancos, seguros, salud, RRHH), ahora se trata de integrar la conformidad desde el diseño de los sistemas -enfoque denominado compliance by design- lo que implica cartografía de usos de IA, análisis de impacto, documentación técnica y gobernanza interna. Firmas como Wavestone, France Digitale y Gide publicaron desde febrero de 2024 guías prácticas para acompañar esta evolución de competencias.
Para los proveedores de modelos open source, el reglamento prevé exenciones parciales de las obligaciones GPAI cuando los parámetros, la arquitectura y la información de uso se hacen públicos, salvo para los modelos de riesgo sistémico. Una coalición de actores del open source europeo (Hugging Face, GitHub, Mistral, La Quadrature du Net) solicitó en julio de 2023 un marco más flexible para preservar la innovación colaborativa. El compromiso final mantiene estas exenciones, pero exige la publicación del resumen de los datos de entrenamiento y la política de derechos de autor, lo que complica la escalabilidad de modelos con corpus muy grandes.
Para los campeones europeos -Mistral AI, LightOn, Aleph Alpha, Black Forest Labs- el AI Act supone un doble reto: cumplir con plazos ajustados y seguir entrenando modelos competitivos frente a OpenAI, Anthropic o Google. Varias voces, entre ellas la de Arthur Mensch (Mistral AI), advirtieron sobre el riesgo de desindustrialización europea si las cargas regulatorias fueran desproporcionadas respecto a las impuestas fuera de la UE. Por el contrario, Yoshua Bengio, Raja Chatila y Nicolas Miailhe consideran que una regulación estricta es crucial para preservar la autonomía estratégica europea y la confianza pública.
El AI Act en el panorama internacional
El AI Act se inscribe en un panorama internacional fragmentado. En Estados Unidos, la Executive Order de Biden de octubre de 2023 fue en gran parte derogada por la administración Trump en enero de 2025, dejando a las agencias federales y a los estados (en particular California con SB 1047) desarrollar enfoques sectoriales o locales. China, desde agosto de 2023, impuso un sistema de autorización previa para los modelos de IA generativa de uso general, habiendo aprobado más de 190 LLMs a cambio de un control político sobre el contenido generado.
El Reino Unido optó por un enfoque basado en principios, implementado por los reguladores sectoriales existentes, sin una ley específica hasta la fecha. Brasil, Canadá, Japón y Corea del Sur avanzan en sus propios marcos, a menudo inspirándose en el enfoque europeo basado en riesgos. El efecto Bruxelles -extraterritorialidad de facto de los reglamentos europeos cuando los proveedores internacionales eligen alinearse globalmente en lugar de gestionar varios regímenes- debería operar como ocurrió con el RGPD, aunque en 2026 aún no es cuantificable.
Varios encuentros internacionales han jalonado esta construcción: AI Safety Summit en Bletchley Park (noviembre de 2023), Séoul AI Safety Summit (mayo de 2024), AI Action Summit en París (febrero de 2025). Todos confirmaron la ausencia de un consenso global sobre la regulación, aunque subrayaron la responsabilidad particular de la UE como primer regulador en adoptar un texto vinculante.
Perspectivas 2026-2027
Los desafíos críticos de los próximos 18 meses giran en torno a:
- la publicación del modelo de resumen de los datos de entrenamiento por parte del AI Office, cuyas primeras versiones consultivas fueron criticadas por los titulares de derechos por ser insuficientemente granulares;
- los primeros procedimientos de investigación formales abiertos contra proveedores GPAI, previstos para finales de 2026;
- la designación efectiva de las autoridades nacionales de supervisión en todos los Estados miembros, algunas aún en proceso de constitución en mayo de 2026;
- las normas armonizadas en preparación en el CEN-CENELEC JTC 21, que aportarán seguridad jurídica a los proveedores de sistemas de alto riesgo;
- la jurisprudencia emergente sobre la articulación entre AI Act, RGPD y derechos de autor, especialmente en torno a los casos Meta-Llama, Stable Diffusion-Getty y OpenAI-NYT en curso.
El AI Act no es un fin en sí mismo, sino un marco vivo. Su revisión está prevista cada cuatro años, la primera en 2028. Su éxito se medirá menos por la letra del texto que por su capacidad de articular la protección de los derechos fundamentales, la innovación industrial y la soberanía tecnológica europea.